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El paciente es el único titular del derecho a la información. En caso de incapacidad
se informará a sus familiares.
El paciente tiene derecho:
A obtener una información clara y veraz sobre la naturaleza de su enfermedad,
sobre los efectos de la misma y sobre los riesgos y beneficios de los procedimientos
diagnósticos y terapéuticos recomendados, con el fin de poder decidir consciente
y libremente acerca de ellos.
A ser sometido a procedimientos diagnósticos y terapéuticos de eficacia
comprobada, acordes con la "lex artis" del momento.
Al consentimiento informado ante intervenciones quirúrgicas o terapias
invasivas que puedan suponer algun riesgo relevante para su salud.
A que se respete su dignidad y se le proporcione un trato respetuoso
y amable.
Al secreto profesional, asegurándole la confidencialidad de los datos
obtenidos en su historia clínica.
A emitir un documento de voluntades anticipadas, con el fin de decidir,
disponer y/o manifestar libremente las instrucciones a seguir sobre actuaciones
médicas en caso de que las circunstancias no le permitan expresar su libre voluntad.
A recibir un informe de alta con identificación personal, resumen del
historial, asistencia prestada/recibida, diagnóstico y recomendaciones terapéuticas.
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